NACIONAL · República Dominicana · Noticia
Corte de Apelación revoca perdón judicial a Wander Franco y lo condena a tres años de prisión suspendida
La Corte de Apelación de Puerto Plata revocó el perdón judicial a Wander Franco y lo condenó a tres años de prisión suspendida por abuso sexual y psicológico, mientras ratificó la pena de 10 años contra la madre de la víctima.

La Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata revocó el perdón judicial otorgado al pelotero Wander Samuel Franco Aybar y lo condenó a tres años de prisión suspendida por abuso sexual y psicológico en perjuicio de una adolescente. La decisión, emitida este jueves, modifica el fallo de primera instancia que eximía al jugador del cumplimiento de una pena de prisión.
El tribunal de segundo grado, integrado por los magistrados Miguelina Beard, Germán Martínez y Manuel Ureña, estableció que Franco deberá cumplir una serie de reglas durante el período de suspensión, las cuales serán determinadas por el juez de Ejecución de la Pena. En caso de incumplimiento, el pelotero deberá cumplir los tres años de condena en prisión. Los jueces consideraron la edad del procesado y sus posibilidades de reinserción social para disponer la suspensión.
En la misma sentencia, la Corte ratificó la condena de 10 años de prisión impuesta a Martha Vanessa Chevalier, madre de la adolescente involucrada en el proceso. Chevalier fue encontrada culpable de explotación sexual comercial y lavado de activos, delitos por los cuales también se le impuso una multa equivalente a 30 salarios mínimos. La pena deberá cumplirse en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en Santiago.
El Ministerio Público, representado por los fiscales Claudio Alberto Cordero Jiménez y José Martínez Montán, había solicitado una pena de cinco años de prisión para Franco, argumentando que el perdón judicial concedido en mayo de 2026 constituía una interpretación errónea de la figura legal y era incompatible con la gravedad de los hechos. La Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata recurrieron la sentencia original emitida por el Tribunal Colegiado Ad Hoc de Puerto Plata.
Franco fue hallado culpable de violar el artículo 396, literales b y c, de la Ley 136-03, que sanciona el abuso sexual y psicológico contra menores de edad. El caso ha atravesado varios recursos y dos juicios; en el primer proceso, Franco recibió una condena de dos años de prisión suspendida que fue anulada posteriormente, ordenándose un nuevo juicio que concluyó con la concesión del perdón judicial ahora revocado.
El tribunal ordenó el decomiso de RD$2.1 millones a favor del Estado dominicano, recursos ocupados durante un allanamiento relacionado con la investigación. Asimismo, se dispuso el decomiso de siete bienes incautados a Chevalier, entre ellos un solar de 600 metros cuadrados en Villa Montellano, un vehículo del año 2023, US$68,500 y RD$800,000, además de los fondos depositados en el Banco Agrícola.


